Cómo calcular la prestación por desempleo de un trabajador
La prestación por desempleo se calcula aplicando un porcentaje a la base reguladora, que es el promedio de las bases de cotización por desempleo de los…
La prestación por desempleo se calcula aplicando un porcentaje a la base reguladora, que es el promedio de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días trabajados. El porcentaje es del 70% durante los primeros 180 días de prestación y del 60% a partir del día 181. La duración depende de los meses cotizados.
Quién tiene derecho a la prestación por desempleo
El trabajador despedido o cuyo contrato ha terminado tiene derecho a la prestación contributiva por desempleo si cumple tres requisitos:
- Estar en situación legal de desempleo (despido, fin de contrato, ERTE, etc. — no la dimisión voluntaria)
- Haber cotizado por desempleo al menos 360 días en los últimos 6 años
- No tener la edad de jubilación
La base reguladora: cómo se calcula
La base reguladora de la prestación es el promedio de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días cotizados (los últimos 6 meses).
Fórmula: Base reguladora = suma de bases de cotización últimos 180 días ÷ 180
Si el trabajador cobraba 1.800 €/mes con una prorrata de pagas extras de 300 €/mes, su base de cotización mensual era de 2.100 €. La base diaria sería 2.100 ÷ 30 = 70 €/día. La base reguladora diaria sería entonces 70 €.
El porcentaje y el importe de la prestación
Al resultado de la base reguladora diaria se aplica:
- 70% durante los primeros 180 días de prestación
- 60% a partir del día 181
Con el ejemplo anterior: 70 × 0,70 = 49 €/día los primeros 6 meses, luego 70 × 0,60 = 42 €/día.
El importe tiene un límite máximo: el 175% del IPREM mensual (con o sin hijos), que en 2026 asciende a poco más de 1.400 € mensuales sin hijos. Y un mínimo: el 80% del IPREM con o sin hijos a cargo.
Cuánto dura la prestación
La duración depende de los meses cotizados en los últimos 6 años:
- 360-539 días cotizados → 4 meses de prestación
- 540-719 días → 6 meses
- 720-899 días → 8 meses
- 900-1.079 días → 10 meses
- 1.080-1.259 días → 12 meses
- 1.260-1.439 días → 16 meses
- 1.440-1.619 días → 20 meses
- 1.620-1.799 días → 22 meses
- Más de 1.800 días → 24 meses (máximo)
Qué pasa si el trabajador ha tenido períodos de ERTE
Los períodos de ERTE cuentan como cotizados para la prestación por desempleo, pero la prestación consumida durante el ERTE descuenta de la duración futura (salvo en los ERTEs de los períodos especiales en que la ley lo exceptuó).
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