Control horario en empresas de transporte y logística: las reglas del sector
El transporte y la logística tienen una normativa de jornada específica y más estricta: el Reglamento europeo CE 561/2006 y la Ley de Ordenación del…
El transporte y la logística tienen una normativa de jornada específica y más estricta: el Reglamento europeo CE 561/2006 y la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre fijan los tiempos de conducción y los descansos obligatorios para los conductores. Además del control horario laboral ordinario, los vehículos de más de 3,5 toneladas deben llevar tacógrafo, cuyo registro también puede ser requerido por la Inspección de Trabajo.
Dos normativas que coexisten: laboral y de transporte
Las empresas de transporte deben cumplir dos marcos regulatorios:
- Normativa laboral ordinaria (ET + convenio): registro de jornada, límites de horas extra, descanso semanal
- Normativa específica de transporte (CE 561/2006 y LOTT): tiempos de conducción, descansos entre jornadas de conducción, pausas durante la conducción
Ambas normativas se aplican simultáneamente. Cumplir una no exime de la otra.
Los tiempos de conducción y descanso del CE 561/2006
El Reglamento europeo establece, entre otros límites:
- Máximo de 9 horas de conducción diaria (ampliable a 10 horas dos días a la semana)
- Máximo de 56 horas de conducción semanal
- Descanso mínimo de 11 horas entre jornadas de conducción (puede fraccionarse)
- Pausa obligatoria de 45 minutos después de 4,5 horas de conducción continua
El tacógrafo no sustituye al registro de jornada laboral
El tacógrafo registra los tiempos de conducción, descanso y otras actividades del conductor. Pero no es un sustituto del registro de jornada laboral: el tacógrafo no registra el tiempo que el conductor dedica a tareas no relacionadas con la conducción (carga, descarga, esperas en almacén, gestión documental). El registro de jornada laboral debe complementar al tacógrafo para cubrir esas actividades.
El personal de almacén y logística sin conducción
El personal de almacén, preparación de pedidos y logística interna no está sujeto a la normativa de tiempos de conducción, pero sí al registro de jornada laboral ordinario. Las jornadas a turno o en horario de madrugada son habituales en el sector y requieren el control de los descansos entre jornadas y los límites de horas extra.
Las inspecciones en el sector transporte
En el sector del transporte, las inspecciones pueden venir tanto de la Inspección de Trabajo (jornada laboral) como de los agentes de la Agencia Estatal de Seguridad Vial (tiempos de conducción y tacógrafo). Los incumplimientos de la normativa de conducción se sancionan con multas que pueden llegar a ser muy elevadas y, en casos graves, inmovilizar el vehículo.
