Cómo dar de alta a un empleado en la Seguridad Social: guía paso a paso
El alta de un empleado en la Seguridad Social se hace a través del sistema RED de la TGSS y debe realizarse antes de que el trabajador empiece a trabajar.…
El alta de un empleado en la Seguridad Social se hace a través del sistema RED de la TGSS y debe realizarse antes de que el trabajador empiece a trabajar. No hay un plazo de días para hacerlo: tiene que estar dado de alta antes del inicio de la relación laboral. Si la gestoría se encarga de ello, hay que asegurarse de que lo hace a tiempo.
Por qué el alta debe hacerse ANTES de que empiece a trabajar
El error más frecuente es dar de alta al trabajador el mismo día que empieza o incluso días después. Esto está mal: la ley exige que el alta sea previa o simultánea al inicio de la actividad. Si en una inspección de trabajo hay un empleado que lleva horas trabajando y todavía no está en el sistema, la empresa incurre en trabajo no declarado.
En la práctica, si el trabajador empieza un lunes, el alta debe estar hecha el viernes anterior (o el mismo lunes antes de que empiece, si es posible hacerlo a primera hora). La TGSS permite dar de alta con hasta 60 días de antelación al inicio del contrato.
Qué necesitas para dar de alta al empleado
Documentos e información necesaria:
- DNI o NIE del trabajador
- Número de Seguridad Social del trabajador (si no lo tiene, hay que solicitárselo antes)
- Código de Cuenta de Cotización (CCC) de la empresa
- Tipo de contrato
- Grupo de cotización del empleado según su categoría profesional
- Fecha de inicio y tipo de jornada (completa o parcial y porcentaje)
- Convenio colectivo aplicable
El proceso técnico: cómo se hace el alta
El alta se tramita a través del sistema RED Online de la Tesorería General de la Seguridad Social o a través de los servicios online de la TGSS. Si tienes gestoría o asesoría laboral, ellos lo hacen por ti con su autorización RED. Si no tienes gestoría, puedes hacerlo directamente en la sede electrónica de la Seguridad Social con certificado digital o Cl@ve.
El alta genera automáticamente el ingreso del trabajador en el sistema de Seguridad Social y determina desde qué fecha cotiza la empresa por él.
El contrato de trabajo: qué va primero
El contrato debe estar firmado antes del inicio del trabajo y, si es por escrito (lo que es obligatorio en la mayoría de tipos contractuales), debe entregarse copia al trabajador. También hay que entregar copia básica del contrato a los representantes de los trabajadores, si los hay. La comunicación del contrato al SEPE también es obligatoria (se hace a través del sistema Contrat@).
Registro horario desde el primer día
Una vez dado de alta el empleado, la obligación de registro horario empieza desde el primer día de trabajo. No hay período de carencia. Con HolaJefe puedes añadir al nuevo empleado al sistema en minutos: recibe una invitación en su móvil y puede empezar a fichar ese mismo día.
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