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Los derechos de los representantes de trabajadores y las garantías que los protegen

Los representantes de los trabajadores (delegados de personal y miembros del comité de empresa) tienen derechos específicos que los protegen de la presión…

Los representantes de los trabajadores (delegados de personal y miembros del comité de empresa) tienen derechos específicos que los protegen de la presión empresarial: prioridad de permanencia en la empresa en caso de despido colectivo, prohibición de sancionar o despedir por el ejercicio de su función representativa, crédito de horas retribuidas para sus actividades y garantías procesales reforzadas (expediente contradictorio) antes del despido. Ignorar estas garantías puede convertir el despido del representante en nulo.

Quiénes son los representantes de los trabajadores

La representación unitaria de los trabajadores en la empresa la ejercen:

  • Delegados de personal: en empresas de 6 a 49 trabajadores (1 delegado de 6 a 30, 3 delegados de 31 a 49)
  • Comité de empresa: en empresas con 50 o más trabajadores (número de miembros según la plantilla)

Además, los sindicatos pueden tener secciones sindicales y delegados sindicales en las empresas donde tengan presencia.

Las garantías que protegen al representante

  • Prioridad de permanencia ante ERE o despidos colectivos: el representante no puede ser el primero en ser despedido
  • Prohibición de discriminación: no puede ser despedido ni sancionado por el ejercicio de sus funciones representativas, ni por la afiliación sindical
  • Crédito de horas: tienen derecho a un número de horas retribuidas al mes para ejercer su función (entre 15 y 40 horas, según la plantilla de la empresa)
  • Expediente contradictorio antes del despido disciplinario: la empresa debe escuchar al representante antes de tomar la decisión
  • Garantía durante el mandato y el año posterior a su cese como representante

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El expediente contradictorio: un trámite obligatorio

Antes de sancionar o despedir disciplinariamente a un representante de los trabajadores, la empresa debe abrir un expediente contradictorio en el que se escuche al representante y a los otros miembros de su órgano de representación. Si la empresa no sigue este trámite, el despido puede ser declarado nulo, independientemente de la causa alegada.

Las consecuencias de violar las garantías

Si la empresa despide a un representante sin expediente contradictorio o en represalia por su actividad sindical, el despido es nulo. La empresa debe readmitirle y pagarle los salarios de tramitación. Además, la vulneración de las garantías de los representantes puede ser constitutiva de práctica antisindical, con las sanciones añadidas que eso conlleva.

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