HolaJefe / Recursos
Uncategorized

Mi empleado lleva de baja más de 12 meses: ¿puedo prescindir de él?

No puedes despedir a un empleado simplemente porque lleve mucho tiempo de baja. La baja médica por sí sola no es causa de despido. Sin embargo, si el…

No puedes despedir a un empleado simplemente porque lleve mucho tiempo de baja. La baja médica por sí sola no es causa de despido. Sin embargo, si el trabajador es declarado en incapacidad permanente total o absoluta, el contrato puede extinguirse. También hay situaciones concretas de absentismo recurrente que permiten el despido objetivo, pero con requisitos muy específicos.

La regla general: la baja médica no justifica el despido

Un despido basado exclusivamente en que el trabajador está de baja médica puede ser declarado nulo por vulneración de derechos fundamentales, especialmente si el trabajador tiene una enfermedad que podría considerarse discapacidad según la normativa europea y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE. El coste de un despido nulo es máximo: readmisión obligatoria más salarios de tramitación.

Este es uno de los errores más caros que puede cometer una empresa: despedir a alguien de baja pensando que es «la forma de acabar con el problema».

La incapacidad permanente total: cuando sí se puede extinguir el contrato

Si el trabajador es declarado en incapacidad permanente total (le impide realizar las tareas habituales de su profesión) o en incapacidad permanente absoluta (le impide cualquier trabajo), la empresa puede extinguir el contrato al amparo del artículo 49.1.e del ET. No hay indemnización obligatoria por ley en este caso, aunque el convenio puede establecer alguna.

El proceso de declaración de incapacidad lo lleva el INSS y puede durar mucho tiempo. La empresa no puede anticiparlo: tiene que esperar a la resolución.

HolaJefe registra ausencias y bajas de tu equipo — tienes el historial completo cuando lo necesitas →

El despido objetivo por absentismo: qué dice el artículo 52.d ET

El artículo 52.d del ET permite el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas, cuando alcanzan determinados porcentajes. Los umbrales son:

  • El trabajador falta el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos
  • Y la tasa de absentismo del centro de trabajo en esos mismos meses supera el 5%

Hay importantes exclusiones: no computan para el porcentaje las bajas por accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo, enfermedades causadas por el embarazo, ni las bajas que superen 20 días consecutivos.

Este supuesto es muy restrictivo y los tribunales lo aplican estrictamente. Una baja larga continua (12 meses o más) generalmente es una sola baja de más de 20 días consecutivos, por lo que no encaja en este supuesto.

Qué opciones prácticas tiene la empresa

Mientras el trabajador sigue de baja y no hay declaración de incapacidad, las opciones son:

  • Contratar a un sustituto mediante contrato de sustitución
  • Redistribuir el trabajo entre el equipo existente
  • Esperar la resolución de incapacidad si el médico estima que la situación es irreversible
  • Negociar una extinción de mutuo acuerdo con el trabajador

Gestiona bajas, ausencias y sustituciones de tu equipo con HolaJefe — empieza gratis

Empieza sin tarjeta y sin permanencia.

El plan básico es gratis hasta cinco personas.

Crear una cuenta