Mi empleado se ha cogido la baja nada más despedirle: ¿puedo continuar con el despido?
Que el trabajador se dé de baja médica después de recibir la carta de despido no impide que el despido surta efecto. El despido es comunicado y efectivo…
Que el trabajador se dé de baja médica después de recibir la carta de despido no impide que el despido surta efecto. El despido es comunicado y efectivo desde el momento en que el trabajador lo recibe. La baja posterior no anula el despido ni obliga a la empresa a esperar a que el trabajador se recupere. Eso sí: si la baja es por causas relacionadas con el propio despido (ansiedad, estrés) y la empresa no puede acreditar que el despido no tuvo motivación discriminatoria, puede haber complicaciones.
El despido ya comunicado no se ve afectado por la baja
Cuando la empresa entrega la carta de despido, el despido es un hecho jurídico consumado. El trabajador que recibe la carta ese lunes y el martes presenta un parte médico de baja, no revierte el despido. El contrato se extingue en la fecha indicada en la carta, independientemente de que el trabajador esté de baja en ese momento.
La baja durante la tramitación: sí puede complicar las cosas
Aunque la baja no impide el despido, puede generar complicaciones en el juicio:
- Si el trabajador alega que la baja está relacionada con el despido (depresión, ansiedad reactiva al despido), puede usarlo para reforzar su argumento de que el despido fue una represalia o fue discriminatorio
- Si hay razones para sospechar que la causa real del despido era la enfermedad o el estado de salud del trabajador, la baja puede apuntalar la tesis de la nulidad
Cuándo la baja previa SÍ puede afectar al despido
Diferente es si el trabajador estaba ya de baja antes de recibir la carta de despido. En ese caso:
- Si el motivo es un despido disciplinario, la baja previa no impide el despido
- Si el despido es objetivo, la baja tampoco lo impide, pero el tribunal puede analizar si la causa real fue la enfermedad
- Si los indicios apuntan a que el despido se produjo a causa de la enfermedad, el tribunal puede declararlo nulo por discriminación
Las indemnizaciones durante la baja: quién paga qué
Una vez que el despido es efectivo, la empresa deja de pagar el salario. Sin embargo, si el trabajador está de baja, la prestación de incapacidad temporal (IT) sigue corriendo a cargo de la mutua o del INSS según el caso (el contrato se ha extinguido, pero el derecho a la prestación de IT, si la tiene, se mantiene mientras dure la situación de baja). La empresa ya no abona ningún complemento de IT desde la fecha de extinción del contrato.
