Mi empleado me pide trabajar en otra empresa a la vez: qué puedo hacer
El trabajador tiene libertad para trabajar en varias empresas simultáneamente, salvo que exista un pacto de exclusividad en el contrato o que la otra…
El trabajador tiene libertad para trabajar en varias empresas simultáneamente, salvo que exista un pacto de exclusividad en el contrato o que la otra actividad sea competencia directa de la empresa. La concurrencia desleal es causa de despido disciplinario, pero la simple pluriactividad en sectores distintos no lo es. El empresario puede exigir exclusividad pagando una compensación adicional.
La libertad de trabajar en varias empresas
El trabajador, por defecto, puede tener varios empleos siempre que cumpla con la jornada pactada en cada uno de ellos y no haya impedimento contractual. Lo que la ley sí prohíbe es la concurrencia desleal: trabajar para un competidor directo o desarrollar una actividad que perjudique los intereses de la empresa.
Cuándo la pluriactividad se convierte en problema
La simple pluriactividad (trabajar en sectores diferentes) no es causa de despido ni de sanción. El problema surge cuando:
- El trabajador usa los conocimientos, contactos o información de la empresa en su segunda actividad o en la empresa competidora
- El trabajador atiende a los clientes de la empresa en su actividad paralela
- El segundo empleo merma el rendimiento del trabajador en la empresa principal
- El trabajador está de baja y trabaja en la otra empresa (en ese caso, puede perder el derecho a la prestación de IT)
El pacto de exclusividad
La empresa puede incluir en el contrato un pacto de plena dedicación o exclusividad, por el que el trabajador se compromete a no trabajar para ningún otro empleador. Para que sea válido, la empresa debe pagar una compensación adicional al trabajador por la limitación. Si el trabajador incumple el pacto, la empresa puede resolver el contrato.
Si la empresa suprime la compensación sin previo aviso, el trabajador puede considerarse liberado del pacto de exclusividad.
La concurrencia desleal: causa de despido
El artículo 21.1 del ET prohíbe al trabajador concurrir con la empresa de forma desleal. Trabajar para un competidor directo sin autorización expresa de la empresa es concurrencia desleal y puede ser causa de despido disciplinario procedente, aunque no haya pacto de exclusividad firmado.
Cómo autorizarlo correctamente
Si la empresa decide autorizar que un trabajador trabaje también para un competidor (por ejemplo, porque el trabajador es a tiempo parcial y no representa una amenaza real), conviene formalizarlo por escrito para evitar reclamaciones posteriores. La autorización puede incluir condiciones: que no use información confidencial, que no contacte a los clientes de la empresa…
Lleva el control de jornada de tu equipo con HolaJefe — empieza gratis
