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Qué es la excedencia voluntaria y puede la empresa negarla

La excedencia voluntaria es un derecho reconocido en el ET (artículo 46): el trabajador con al menos un año de antigüedad puede solicitar una excedencia de…

La excedencia voluntaria es un derecho reconocido en el ET (artículo 46): el trabajador con al menos un año de antigüedad puede solicitar una excedencia de entre cuatro meses y cinco años. La empresa no puede negarla, aunque sí puede esperar a que exista plaza para que el trabajador se reincorpore. Importante: la excedencia voluntaria no garantiza el retorno al mismo puesto, solo a un puesto de grupo o categoría equivalente si hay vacante.

Qué es la excedencia voluntaria

La excedencia voluntaria es la suspensión temporal del contrato a iniciativa del trabajador por razones personales que no tienen por qué justificar (quiere montar un negocio, hacer un máster en el extranjero, cuidar a un familiar…). El contrato queda suspendido durante el período de excedencia: el trabajador no trabaja y no cobra, pero el contrato no se extingue.

Requisitos para pedir la excedencia voluntaria

  • Tener al menos un año de antigüedad en la empresa
  • No haber disfrutado de otra excedencia voluntaria en los cuatro años anteriores
  • La excedencia debe tener una duración mínima de cuatro meses y máxima de cinco años

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El derecho a la reincorporación: con matices

La excedencia voluntaria solo genera un «derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría» que haya en la empresa. Esto significa que:

  • Si hay vacante en la empresa cuando el trabajador pide reincorporarse, la empresa debe readmitirle en esa plaza
  • Si no hay vacante, la empresa puede esperar hasta que haya una vacante adecuada
  • Si el trabajador no solicita el reingreso dentro del período de excedencia, el contrato se extingue

Diferencia con la excedencia por cuidado de familiares

La excedencia por cuidado de hijos o de familiares tiene un régimen más favorable: garantiza el retorno al mismo puesto durante el primer año (o dos en el caso de familia numerosa). La voluntaria, en cambio, no garantiza el mismo puesto, solo uno equivalente si hay vacante.

Lo que la empresa debe tener en cuenta

Aunque la empresa no puede negar la excedencia voluntaria, sí puede establecer el plazo de preaviso necesario para organizarse (el convenio o la costumbre de la empresa pueden marcar el preaviso habitual). También debe gestionar la sustitución del trabajador durante el período de excedencia y decidir si cubre el puesto con un contrato de interinidad o redistribuye las tareas.

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