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Qué es la nulidad del despido y qué consecuencias tiene para la empresa

El despido nulo es la categoría más grave en el derecho laboral español. Ocurre cuando el despido vulnera un derecho fundamental del trabajador (por razón…

El despido nulo es la categoría más grave en el derecho laboral español. Ocurre cuando el despido vulnera un derecho fundamental del trabajador (por razón de embarazo, maternidad, lactancia, enfermedad, discriminación) o cuando se incumple el procedimiento en casos de representantes de trabajadores. La consecuencia es la readmisión obligatoria con el abono de todos los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la readmisión. La empresa no puede optar por la indemnización: debe readmitir.

Cuándo un despido es declarado nulo

El despido es nulo cuando:

  • El trabajador está embarazada o ha dado a luz en los últimos doce meses (presunción de nulidad aunque la empresa no supiera el embarazo)
  • El trabajador está de baja por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento
  • El trabajador ha solicitado o está disfrutando una reducción de jornada por cuidado de hijos
  • El despido se basa en causas discriminatorias (sexo, origen racial, religión, discapacidad, orientación sexual, afiliación sindical…)
  • El despido vulnera el derecho a la huelga o a la acción sindical
  • Se trata de representantes de trabajadores y no se han seguido los trámites del expediente contradictorio

La diferencia con el despido improcedente

En el despido improcedente, la empresa puede elegir entre readmitir al trabajador o pagarle la indemnización (33 días/año). En el despido nulo, no hay elección: la empresa está obligada a readmitir al trabajador en las mismas condiciones. Si no readmite, el trabajador puede volver a demandar y el juzgado forzará la readmisión o declarará la extinción con la indemnización más los salarios de tramitación.

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Los salarios de tramitación

En el despido nulo, la empresa debe abonar al trabajador los salarios correspondientes al período que va desde el despido hasta la readmisión efectiva (salarios de tramitación). Si el juicio tarda 8 meses, la empresa debe pagar 8 meses de salario más la readmisión. Esto puede suponer un coste muy elevado para la empresa.

La nulidad objetiva vs la nulidad por motivos discriminatorios

Algunos supuestos de nulidad son automáticos (la embarazada, el trabajador de baja por maternidad): basta con acreditar la situación para que el despido sea nulo, sin necesidad de probar que el despido fue a causa de esa situación. En cambio, la nulidad por discriminación requiere que el trabajador aporte indicios de que el despido tuvo motivación discriminatoria; entonces es la empresa quien debe demostrar que el despido fue por causas objetivas.

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