El período de prueba en el contrato de trabajo: duración, finalización y límites
El período de prueba es el tiempo inicial del contrato durante el cual empresa y trabajador pueden extinguir la relación sin indemnización y sin necesidad…
El período de prueba es el tiempo inicial del contrato durante el cual empresa y trabajador pueden extinguir la relación sin indemnización y sin necesidad de alegar causa. La duración máxima la establece el convenio colectivo; si no lo establece, el ET fija los límites según la categoría: hasta 6 meses para técnicos titulados y hasta 2 meses para el resto (1 mes en empresas de menos de 25 trabajadores). La extinción durante el período de prueba no es despido, pero tiene límites.
Qué es el período de prueba y para qué sirve
El período de prueba es un tiempo de mutua evaluación: la empresa puede verificar si el trabajador es apto para el puesto, y el trabajador puede comprobar si las condiciones de trabajo se ajustan a sus expectativas. Durante ese período, cualquiera de las dos partes puede extinguir el contrato sin preaviso y sin indemnización, salvo que el convenio establezca otra cosa.
Duración máxima del período de prueba
El artículo 14 del ET establece los límites de duración:
- Técnicos titulados: hasta 6 meses
- Demás trabajadores: hasta 2 meses (en empresas de menos de 25 empleados, hasta 3 meses)
El convenio colectivo puede fijar duraciones menores (no mayores). Si el contrato fija una duración superior a la del ET o del convenio, el exceso es nulo y el trabajador se entiende fuera del período de prueba una vez superado el límite legal.
La extinción durante el período de prueba: sin indemnización, pero no ilimitada
Aunque la extinción durante el período de prueba no requiere causa ni indemnización, tiene límites:
- No puede extinguirse por razones discriminatorias (el género, la raza, la religión del trabajador no pueden ser el motivo real)
- No puede extinguirse para represaliar al trabajador por ejercer derechos laborales
- Si la trabajadora está embarazada, la extinción durante el período de prueba se presume nula salvo que la empresa acredite que el motivo es ajeno al embarazo
La suspensión del período de prueba
Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad y otras suspensiones del contrato interrumpen el cómputo del período de prueba, salvo acuerdo contrario entre las partes. Si el trabajador está de baja durante el período de prueba, esos días no cuentan: el período se retoma cuando el trabajador se reincorpora.
El período de prueba en los contratos temporales
Si el contrato temporal tiene una duración inferior al período de prueba que se pactó, el período de prueba no puede ser superior a la mitad de la duración del contrato. No tiene sentido un período de prueba de 2 meses en un contrato de 1 mes.
