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Permiso de maternidad y paternidad 2026: semanas, quién cobra y cómo solicitarlo

En 2026 tanto la madre como el otro progenitor tienen derecho a 16 semanas de permiso por nacimiento, de las cuales 6 son obligatorias e intransferibles…

En 2026 tanto la madre como el otro progenitor tienen derecho a 16 semanas de permiso por nacimiento, de las cuales 6 son obligatorias e intransferibles para cada uno. La prestación la paga el INSS al 100 % de la base reguladora. Aquí tienes cómo funciona, cómo se solicita y qué obligaciones tiene la empresa durante el permiso.

Cuántas semanas de permiso corresponden en 2026

Desde enero de 2021, el permiso por nacimiento y cuidado de menor es de 16 semanas para ambos progenitores por igual, sin distinción de género ni de tipo de familia. Esto aplica tanto al nacimiento biológico como a la adopción y el acogimiento.

Las 16 semanas se distribuyen así:

  • 6 semanas obligatorias: deben disfrutarse inmediatamente después del nacimiento, de forma ininterrumpida a jornada completa. No pueden cederse al otro progenitor ni aplazarse.
  • 10 semanas voluntarias: pueden disfrutarse de forma acumulada o interrumpida, a jornada completa o parcial, en cualquier momento dentro del primer año de vida del menor.

El permiso es individual e intransferible: ninguno de los progenitores puede ceder sus semanas al otro. Esto es diferente al sistema anterior, donde la madre podía ceder parte de su permiso al padre.

Quién paga la prestación y cuánto es

Durante el permiso por nacimiento, el INSS paga directamente al trabajador el 100 % de la base reguladora. Esto significa que la empresa no tiene que pagar el salario durante el permiso: el trabajador cobra del INSS, no de la empresa.

La base reguladora se calcula sobre las cotizaciones de los últimos 12 meses. En la práctica, el trabajador cobra aproximadamente lo mismo que su salario habitual, aunque pueden existir diferencias si hay complementos variables que no se incluyen en la base de cotización.

Para tener derecho a la prestación, el trabajador debe cumplir un período mínimo de cotización que varía según la edad:

  • Menores de 21 años: no se exige período mínimo.
  • Entre 21 y 26 años: 90 días cotizados en los últimos 7 años o 180 días a lo largo de la vida laboral.
  • Mayores de 26 años: 180 días en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de la vida laboral.

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Obligaciones de la empresa durante el permiso

Mientras el trabajador disfruta del permiso, la empresa tiene varias obligaciones:

  • Mantener la reserva del puesto de trabajo: el trabajador tiene derecho a volver al mismo puesto y en las mismas condiciones que tenía antes del permiso.
  • Seguir cotizando a la Seguridad Social: aunque la prestación la paga el INSS, la empresa sigue teniendo que ingresar las cotizaciones correspondientes a la parte empresarial.
  • No incluir al trabajador en un ERE o despido colectivo: los trabajadores en permiso por maternidad o paternidad tienen protección especial ante los despidos. Un despido durante el permiso puede considerarse nulo.
  • Conservar el registro horario correctamente: aunque el trabajador no esté, el período de permiso debe quedar registrado como ausencia justificada en el sistema de control de jornada.

Cómo se solicita el permiso y el papel de la empresa

El trabajador solicita la prestación directamente al INSS a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en la oficina de su mutua colaboradora. La empresa no solicita nada en nombre del trabajador, pero sí tiene que comunicar la baja en la afiliación por suspensión del contrato durante el permiso.

El proceso habitual es:

  1. El trabajador notifica a la empresa que va a iniciar el permiso.
  2. La empresa comunica la suspensión del contrato a la TGSS.
  3. El trabajador solicita la prestación al INSS.
  4. El INSS aprueba y paga directamente al trabajador durante todo el permiso.
  5. Al finalizar el permiso, la empresa comunica el alta y el trabajador se reincorpora.

Las 10 semanas voluntarias: cómo se gestionan

Las 10 semanas voluntarias generan más casuística porque pueden disfrutarse de formas muy distintas. El trabajador debe preavisar a la empresa con 15 días de antelación cada vez que quiera disfrutar un período de las semanas voluntarias. Esto puede generar que el trabajador disfrute las semanas de forma discontinua a lo largo del primer año del menor, alternando con períodos de trabajo.

Durante los períodos en que el trabajador está disfrutando las semanas voluntarias, la situación es la misma que en las semanas obligatorias: el INSS paga la prestación y la empresa mantiene la reserva del puesto.

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Cuando un trabajador tiene un permiso de maternidad o paternidad, hay que registrar correctamente el período de ausencia, el momento de reincorporación y cualquier ajuste en el horario si disfruta las semanas voluntarias de forma parcial. Con HolaJefe, todas estas ausencias quedan documentadas automáticamente y puedes ver el historial completo de cada trabajador en cualquier momento.

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