El plan de igualdad en la empresa: quién está obligado y qué debe incluir
Las empresas de 50 o más trabajadores están obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad. Las empresas de menos de 50 pueden hacerlo voluntariamente.…
Las empresas de 50 o más trabajadores están obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad. Las empresas de menos de 50 pueden hacerlo voluntariamente. El plan de igualdad es un conjunto de medidas para garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa. Debe negociarse con los representantes de los trabajadores y registrarse en el REGCON.
Quién está obligado a tener plan de igualdad
Desde la entrada en vigor del RDL 6/2019, están obligadas a tener plan de igualdad todas las empresas con 50 o más trabajadores. El cómputo incluye todos los trabajadores en España, independientemente del tipo de contrato. Si una empresa oscila cerca del umbral, conviene revisar periódicamente si ha superado los 50 trabajadores durante 6 meses en el año.
Además, el convenio colectivo puede obligar a empresas de menos de 50 trabajadores a tener plan de igualdad, y la autoridad laboral puede imponerlo como medida sustitutiva de una sanción en procedimiento sancionador.
Qué debe incluir el plan de igualdad
El plan de igualdad debe basarse en un diagnóstico previo negociado con la representación legal de los trabajadores. El diagnóstico analiza la situación de la empresa en las siguientes áreas:
- Proceso de selección y contratación
- Clasificación profesional
- Formación
- Promoción profesional
- Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial
- Ejercicio corresponsable de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral
- Infrarrepresentación femenina
- Retribuciones
- Prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo
La negociación del plan de igualdad
El plan debe negociarse con la representación legal de los trabajadores (comité de empresa, delegados de personal o sección sindical). Si no hay representación, debe constituirse una comisión negociadora con representantes electos de los trabajadores. La empresa no puede elaborar el plan de forma unilateral: debe haber participación de los trabajadores.
El registro del plan: el REGCON
Una vez aprobado, el plan debe registrarse en el Registro de Planes de Igualdad (REGCON), dependiente del Ministerio de Trabajo. El plan sin registrar no cumple el requisito legal aunque esté elaborado y negociado. El registro debe renovarse cada vez que se apruebe un nuevo plan.
Sanciones por no tener plan de igualdad
No tener plan de igualdad cuando la empresa está obligada es una infracción muy grave bajo la LISOS, con multas de entre 7.501 y 225.018 €. La Inspección de Trabajo ha aumentado las actuaciones en este ámbito en los últimos años.
