LISOS 2026: 10 Sanciones Nuevas y Cómo Evitarlas en tu PYME
Las 10 sanciones más peligrosas de la reforma LISOS 2026, con importe, artículo aplicable y guía práctica de cómo evitarlas en tu empresa.
Las diez sanciones más frecuentes que impone la ITSS en 2026 tras la reforma LISOS afectan al registro de jornada, la biometría sin base legal, el canal de denuncias, los falsos autónomos, el descanso semanal, la desconexión digital, el plan de igualdad, la formación en riesgos laborales, la obstrucción a la Inspección y la conservación de registros. La cuantía media va de los 750 € a los 187.515 €, con máximos hasta 1.000.000 €.
Sanción 1 · Registro de jornada inexistente o deficiente
Infracción grave (Art. 7.5 LISOS). Importe: 751 € a 7.500 € en grado mínimo, hasta 187.515 € en grado máximo por reincidencia o gran empresa.
Cómo evitarla: registrar diariamente la jornada de todos los trabajadores asalariados con hora exacta de entrada, salida y pausas; conservar los registros durante 4 años; garantizar que son inmodificables; ponerlos a disposición del trabajador y de sus representantes cuando lo soliciten.
Sanción 2 · Sistema biométrico sin base legal reforzada
Infracción grave introducida por la reforma LISOS 2026. Importe base: 7.500 €.
Cómo evitarla: abandonar el fichaje por huella dactilar, reconocimiento facial o iris salvo que la empresa cumpla los tres requisitos que exige la AEPD (base jurídica reforzada, evaluación de impacto y ausencia de alternativas menos invasivas). En una PYME normal es prácticamente imposible cumplirlos. Migrar a PIN, QR o app móvil resuelve el problema.
Sanción 3 · Ausencia de canal de denuncias en empresas obligadas
Infracción muy grave (Ley 2/2023, integrada en LISOS). Importe: hasta 1.000.000 €, la más alta del ordenamiento laboral.
Cómo evitarla: si tu empresa tiene 50 o más trabajadores, implantar un canal de denuncias interno que cumpla la Ley 2/2023: anonimato garantizado, registro trazable, gestor formado, plazo máximo de respuesta y política escrita accesible al equipo. Es un requisito con nombre y apellidos que la Inspección revisa desde 2024.
Sanción 4 · Falsos autónomos económicamente dependientes
Infracción muy grave (Art. 22.2 LISOS). Importe: 10.001 € a 187.515 € en grado mínimo/medio, hasta el máximo por reincidencia.
Cómo evitarla: revisar con el gestor los contratos con supuestos autónomos que trabajan siempre para tu empresa, en tus instalaciones, con tu material y con horario fijo. Si concurren varios de estos elementos, la ITSS puede recalificar la relación como laboral y aplicar todas las cotizaciones no pagadas más el recargo.
Sanción 5 · Incumplimiento del descanso semanal obligatorio
Infracción grave (Art. 7.5 LISOS). Importe: 751 € a 7.500 € por cada trabajador afectado.
Cómo evitarla: garantizar al menos día y medio ininterrumpido de descanso semanal (36 horas seguidas) a cada trabajador. Configurar en el software de control horario una alerta automática cuando un empleado supere 6 días consecutivos trabajando.
Sanción 6 · Vulneración de la desconexión digital
Infracción grave (Art. 8.11 LISOS, actualizado por la reforma). Importe: 751 € a 7.500 €.
Cómo evitarla: establecer una política escrita de desconexión digital que fije franjas horarias sin comunicaciones profesionales, formar a mandos intermedios y auditar mensualmente los correos y mensajes enviados fuera de horario. Especialmente relevante en teletrabajo.
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Sanción 7 · Ausencia de plan de igualdad en empresas obligadas
Infracción muy grave (Art. 7.13 LISOS). Importe: 7.501 € a 30.000 € en grado mínimo, hasta 187.515 €.
Cómo evitarla: si tu empresa tiene 50 o más trabajadores, elaborar y registrar un plan de igualdad negociado con la representación legal de los trabajadores (o comisión negociadora ad hoc si no hay). El plan debe incluir diagnóstico, objetivos, medidas y seguimiento.
Sanción 8 · Trabajadores sin formación en prevención de riesgos
Infracción grave (Art. 12.8 LRPL, remite a LISOS). Importe: 2.451 € a 49.180 €.
Cómo evitarla: asegurar que cada nuevo trabajador recibe formación en prevención de riesgos laborales adecuada a su puesto antes de empezar (o en las primeras semanas). Guardar registro firmado de la formación y del contenido impartido.
Sanción 9 · Obstrucción a la actividad de la Inspección de Trabajo
Infracción muy grave (Art. 50.4 LISOS). Importe: 7.501 € a 750.000 €.
Cómo evitarla: facilitar el acceso a los registros solicitados por la ITSS dentro del plazo indicado (habitualmente 10 días naturales), sin excusas ni dilaciones. Tener los registros de jornada exportables en formato electrónico para responder rápido a requerimientos telemáticos, que en 2026 son mayoría.
Sanción 10 · No conservar registros durante 4 años
Infracción grave (Art. 7.5 LISOS). Importe: 751 € a 7.500 €.
Cómo evitarla: guardar los registros de jornada, contratos, nóminas, comunicaciones al SEPE y demás documentación laboral durante los 4 años que exige la ley. Un software en la nube resuelve este punto automáticamente con copias de seguridad diarias.
Cómo blindar tu PYME contra las 10 sanciones a la vez
La buena noticia es que la mayoría de estas sanciones se evitan con un solo cambio: implantar un software de gestión laboral moderno que cubra registro de jornada, comunicación con el equipo, alertas de descanso, exportación telemática para ITSS y conservación segura durante 4 años. Y luego rematar con dos cosas fuera del software: canal de denuncias si eres +50 empleados, y revisión con el gestor de posibles falsos autónomos.
Como complemento, revisa nuestra guía general de LISOS 2026: todo lo que cambia para el contexto completo de la reforma.
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